En el Presupuesto de Estado 2015 (OE), aprobado por el Parlamento portugués el pasado 25 de noviembre, se encuentra una serie de aspectos que beneficiarán a las empresas. “De esta forma, el Gobierno concretiza el principio de estabilidad y previsibilidad fiscal, que es un elemento fundamental para garantizar la efectividad de esta reforma en la promoción y atracción de inversión”, se lee en el documento. Value le presenta, a continuación, un resumen de algunos de los puntos más relevantes:
Impuesto Sobre Sociedades (IRC, por sus siglas en portugués): este impuesto será reducido de 23% a 21%. Existirá, además, la posibilidad de efectuar reembolsos del IRC a sujetos pasivos de este impuesto en condiciones distintas de las previstas en el régimen de cobranza y formas de reembolso.
Fiscalidad Verde:
- Previsiones para la reparación de daños de carácter ambiental: serán ampliadas a todos los sectores de actividad para efectos fiscales.
- Tasas de Tributación Autónoma: estas tasas serán reducidas de 10%, 27,5% y 35% a 5%, 10% y 17,5%, respectivamente, en el caso de vehículos híbridos plug-in. Para vehículos a gas natural y gasolina, las tasas serán modificadas a 5%, 15% y 27,5%. Estos impuestos se aplicarán según el costo de adquisición de los vehículos.
- Tasas de Amortización: la tasa de depreciación máxima será de 8% para equipos de energía eólica. Para equipos de energía solar, la tasa máxima será reducida de 25% a 8%. Así, la vida útil de estos equipos pasará de 4 a 12,5 años, como en el caso de los equipos de energía eólica.
- Depreciaciones de Vehículos: serán modificados los límites a partir de los cuales son aceptadas como gasto fiscal las depreciaciones de vehículos, adquiridos en períodos de tributación a partir del 1º de enero de 2015 y después de esta fecha: € 62.500 para vehículos movidos por energía eléctrica; € 50.000 para vehículos híbridos plug-in; € 37.500 para vehículos a gasolina o gas natural. Para los restantes vehículos, se mantendrá el límite actual de € 25.000.
- Vehículos de Turismo: existirá la posibilidad de deducción del IVA en gastos correspondientes a la adquisición, construcción, importación, ubicación, utilización, transformación y reparación de vehículos de turismo, eléctricos o híbridos plug-in. Adicionalmente, estará disponible la opción de deducción de 50% del IVA soportado en gastos relativos a vehículos de turismo movidos por GNV y GPL.
- Apoyos al Transporte Rodoviario: los gastos soportados con la adquisición de electricidad (en 130% de su valor), GNV y GPL (en 120% de su valor) para el abastecimiento de vehículos, pasarán a ser deducibles.
[photo credit: Ken Teegardin]